¿De qué hablamos cuando hablamos de violencia hacia las mujeres basada en género?

21 Nov 2018 | Contenidos

Hablamos de cualquier conducta realizada por particulares o instituciones (privadas o públicas) que se sustenta en una relación desigual de poder en base al género y que tiene como fin o resultado disminuir o anular los derechos humanos o las libertades fundamentales de las mujeres.
Hablamos de una forma de discriminación que afecta la vida, la libertad, la dignidad, la seguridad personal y la integridad física, psicológica, sexual y económica de las mujeres.
La violencia hacia las mujeres se manifiesta de diversas formas, algunas más visibles que otras. La sociedad suele reconocer aquellas en las que el daño es claramente visible, pero hay otras formas de violencia invisibilizadas, subestimadas o difíciles de percibir. Es necesario exponerlas y reconocerlas para hacer visible el daño que producen.
  • Acoso callejero: realizar actos de naturaleza o connotación sexual en espacios públicos hacia una mujer, sin su consentimiento.
  • Violencia física: infligir daño corporal.
  • Violencia psicológica o emocional: alterar, controlar, manipular decisiones de una mujer a través de la humillación, el aislamiento o las amenazas, entre otras formas.
  • Violencia sexual: vulnerar el derecho de una mujer a decidir voluntariamente sobre su vida sexual o reproductiva.
  • Violencia doméstica: toda conducta que limite ilegítimamente el libre ejercicio o goce de los derechos humanos de una mujer, por parte de una persona con la cual tenga o haya tenido una relación de parentesco, matrimonio, noviazgo, afectiva o concubinaria.
  • Violencia femicida: causar la muerte de una mujer por el hecho de serlo, o la de sus hijos u otras personas a su cargo.
  • Violencia económica: controlar los ingresos económicosde una mujer y afectar así su autonomía.
  • Violencia patrimonial: perturbar la libre disposición del patrimonio de una mujer.
  • Violencia simbólica: mensajes, imágenes, signos e imposiciones sociales, religiosas, políticas, culturales y económicas que ejercen dominación, desigualdad y discriminación.
  • Violencia obstétrica: alterar cualquier decisión de una mujer acerca de su cuerpo, técnicas y procedimientos en cuanto a los procesos reproductivos.
  • Violencia laboral: limitar el acceso, estabilidad y ascenso en el ámbito laboral.
  • Violencia en el ámbito educativo: practicar, en una relación educativa y con abuso de poder, violencia contra una mujer por su condición de tal.
  • Violencia política: realizar acciones hacia una mujer candidata, electa o en ejercicio de la representación política o a su familia, con el fin de imposibilitar o limitar el libre ejercicio de su cargo.
  • Violencia mediática: hacer público o difundir mensajes o imágenes a través de medios de comunicación que promuevan la explotación de las mujeres, agravien, denigren, discriminen o atenten contra una mujer.
  • Violencia comunitaria: vulnerar derechos fundamentales de una o varias mujeres y propiciar su denigración, discriminación, marginación o exclusión, mediante actos individuales o colectivos en la comunidad.
  • Violencia institucional: cualquier acción por parte de autoridades, funcionarios o personal público/privado que discrimine o afecte los derechos de las mujeres, así como limitar su acceso a las políticas y servicios destinados a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar las manifestaciones de violencia.
  • Violencia étnica racial: agredir física o psicológicamente o relacionarse en forma humillante u ofensiva contra una mujer por su etnia.
  • Violencia por prejuicio hacia la orientación sexual, identidad de género o expresión de género: reprimir o condenar por la orientación sexual identidad o expresión de género.

Hay distintas formas de violencia basadas en género: saquémosles el disfraz.

Fuente: IMPO.

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